Si estás buscando información sobre la plusvalía municipal es porque has vendido un inmueble, o recibido uno en herencia, y ahora pesa sobre ti la obligación fiscal que se genera por esa transacción. Pero ¿qué pasa si la tenencia del inmueble en cuestión data de hace muchos años?
¿Otorga la antigüedad algún tipo de beneficio fiscal? ¿Paga plusvalía un piso de 20 años?
En este artículo te voy explicar con detalles la relación que hay entre los años y la plusvalía.
¿Qué es la plusvalía?
Se conoce popularmente como plusvalía municipal el impuesto que se paga cuando se ha realizado un acto traslativo del dominio de un bien inmueble urbano.
El nombre oficial de este tributo es Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).
Con el paso del tiempo, el valor de los inmuebles suele incrementar su valor.
Esto se debe a la subida del valor catastral del suelo a medida que el sitio en cuestión gana en desarrollo urbano.
Es ese incremento el que constituye la base imponible para el IIVTNU.
¿En qué casos se paga la plusvalía municipal?
Todos los bienes inmuebles están sujetos a este impuesto, ya sean viviendas o terrenos urbanos. Para establecer cuándo se paga la plusvalía municipal, dividamos la respuesta según las distintas situaciones:
- Venta de un inmueble: La paga el vendedor, porque es la persona que se beneficia monetariamente al recibir como pago un monto superior al que pagó cuando lo adquirió.
- Traspaso por Herencia: La paga el heredero, porque es la persona que recibe, gratuitamente, un inmueble con un valor superior al que ostentaba cuando fue adquirido por su dueño anterior.
- Donación: Al contrario del acto de venta, aquí la plusvalía la paga el que recibe el inmueble, puesto que el que se despoja de él lo hace a título gratuito, no recibe pago.
Entonces ¿Un piso de más de 20 años paga plusvalía?
Lo primero que debes saber es que los 20 años NO se refieren a la antigüedad del inmueble, no es su edad contada desde la fecha de construcción. Estamos hablando de los años que el inmueble ha permanecido en propiedad de la persona que lo transmite.
Entonces, un piso de 20 años sí paga plusvalía. Los ayuntamientos diseñan rangos de años, y a cada rango se le asigna un coeficiente multiplicador. Este coeficiente es el que se aplica sobre el valor catastral del suelo, para calcular el impuesto. El rango máximo de años es de veinte, lo que quiere decir que aunque un inmueble te haya pertenecido por 40 años, pagarás en base al coeficiente de veinte años.
¿Existe alguna bonificación?
Hay dos tipos de bonificaciones que se pueden aplicar:
- En caso de transmisión por herencia de la vivienda habitual.
Se entiende por vivienda habitual la vivienda de residencia permanente. Esta bonificación es aplicable a: Cónyuge, ascendientes y descendientes del causante, y a personas con discapacidad acreditada (del 65 %), que hayan convivido con el causante al menos por dos años antes del fallecimiento.
- En caso de transmisión por herencia de un local comercial.
En este caso se precisa que en el local haya sido el lugar de trabajo del causante, y que el heredero continúe en el ejercicio de esa actividad. Debe acreditar además parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad.
Conclusiones
La respuesta a la pregunta ¿paga plusvalía un piso de 20 años? es SÍ. La única particularidad que existe con respecto a los famosos 20 años, es que constituyen el límite máximo para fijar coeficiente, de manera que, las viviendas tenidas en propiedad por más de 25, 30, o 40 años, van a generar un pago de plusvalía por 20 años.
He vendido mi piso y he comprado por casi el mismo valor otra vivienda que es mi residencia habitual
Devo pagar plusvalía??
En principio, sí deberías pagar la plusvalía si el valor del terreno ha aumentado, pero hay algunas exenciones y reducciones que podrías tener en cuenta. Deberías hablar con un asesor fiscal o con el departamento de recaudación del ayuntamiento para obtener información precisa y detallada según tu situación específica y la normativa local.